Es oficial, la Seguridad Social ha confirmado que desde principios de octubre los trabajadores autónomos o por cuenta propia deberán emplear de manera obligatoria la tramitación electrónica.

Los trabajadores tendrán que gestionar sus trámites a través del sistema RED mediante un autorizado red en representación del trabajador autónomo, o directamente hacerlo ellos mismos a través de la SEDESS, los servicios telemáticos de la Sede Electrónica de la Seguridad Social.

El Sistema RED es una plataforma de la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) para el intercambio de información con empresas y autónomos a través de internet. El objetivo de este servicio es facilitar el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social. Para el uso del Sistema RED se requiere estar debidamente autorizado por la TGSS. También es necesario disponer de un certificado digital para acceder a este servicio.

¿A quiénes afecta?

Los trabajadores que tendrán que acogerse son los trabajadores autónomos, los trabajadores del Sistema Especial de Trabajadores Agrarios (SETA) y los del grupo I del Régimen Especial de Trabajadores del Mar.

¿Dónde se gestiona?

La Seguridad Social ha indicado en su página web que el autónomo podrá realizar sus gestiones mediante el Sistema RED (Remisión Electrónica de Datos) o mediante la Sede Electrónica de la Seguridad Social (SEDESS).

Si queremos acceder a los servicios de la SEDESS, dispones de varias opciones. Puedes hacerlo a través del certificado electrónico de la Seguridad Social, del DNI electrónico o del Sistema Cl@ve.

¿Qué tipo de trámites puedo realizar electrónicamente?

La novedad de esta modificación es que la obligatoriedad se extiende a la recepción y la firma de notificaciones. Esta se realizará mediante la SEDESS.

Los principales trámites que podemos realizar son la afiliación, la cotización, la recaudación y las prestaciones. Sin embargo, no son las únicas.  La recaudación y las pensiones también se  gestionan electrónicamente.

En la afiliación podremos gestionar los convenios especiales, las altas, bajas y variaciones de datos de los trabajos y la obtención del Número de la Seguridad Social.

Notificaciones de la Seguridad Social

Desde octubre, los autónomos no recibirán cartas de la Seguridad Social. La obligatoriedad de realizar los trámites online se extiende también a la recepción de notificaciones.

Podrás hacerlo en los dos canales: Sistema RED y SEDESS. De hecho, aunque asignes un autorizado RED, los 2 recibiréis un aviso de que has recibido una notificación telemática.

Si no asignas un autorizado RED y no quieres estar pendiente de las notificaciones, podrás nombrar a un apoderado para que se encargue él.

En resumen

A partir de octubre de 2018, si eres autónomo, debes acceder a la SEDESS o asignar un autorizado RED para tus trámites online con la Seguridad Social.

También estás obligado a recibir notificaciones telemáticas.

Es importante que actualices tus datos de contacto para recibir avisos de las notificaciones recibidas, contactamos sin compromiso

GrupGestio – Area Laboral