Tu empresa está obligada a cumplir con…

  1. El Impuesto de Sociedades (IS). Este tipo de impuesto se aplica a todas las entidades creadas en España,que tengan domicilio social español o que su sede se encuentre en el territorio. Es totalmente obligatorio presentar la declaración del Impuesto de Sociedades aunque durante ese mismo año no se hayan realizado actividades y, su período impositivo no puede sobrepasar los 12 meses.
  2. Retenciones de Ingresos a cuenta del IRPF. Se trata del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y es directo sobre la renta y rendimientos de cualquier persona, aunque sea la empresa la que deba gestionar el pago. Es por ello, que existen retenciones a los trabajadores de sus nóminas y se ingresan a la Administración Tributaria.
  3. Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE). Tiene carácter local y se refiere a cualquier actividad económica de las personas físicas o entidades jurídicas. Solo se excluyen de pagar este tipo de impuesto las actividades agrícolas, ganaderas, forestales, de pesca o sin ánimo de lucro.
  4. Impuesto sobre Valor Añadido (IVA). Es el más sonado y el que mejor se suele entender. Este tipo de impuesto indirecto se paga a través del consumo de productos y servicios. Hay muchos tipos, con impositivos más o menos bajos. De hecho, las empresas son las encargadas de recaudar este tributo a través de la venta de sus productos. Después son ellas mismas las que a través de sus declaraciones trimestrales y anuales, comparan la diferencia de IVA que han pagado y el que han cobrado y cumplen con la obligación de presentar el resultado frente al fisco.

Los autónomos, por su parte, tienen que realizar declaraciones trimestrales para presentar impuestos según la época del año.

Infórmate sin compromiso en info@gicconsulting.com

Gic Consulting 2013 SL

Area Fiscal