A partir de este año, Hacienda se les prestará más atención a las empresas inactivas. Pero, ¿cuáles son las sociedades que considera como inactivas? Desde Gic Consulting  vamos a guiarte para que conozcas todo lo que deberías saber sobre ellas.

En el reglamento del impuesto de renta se aclara en la segunda propuesta que las sociedades inactivas que estén inscritas en el Registro Nacional ya no podrán presentar su declaración, precisamente por eso, porque no están en activo. Es una medida que reduciría, a largo plazo, el número de sociedades inactivas que permanecen inscritas.

Una vez conocido este dato, vamos a ver qué tipo de compañías son inactivas para aprender a diferenciarlas:

Sociedades inactivas de facto

Son aquellas que dentro del gran colectivo de compañías y sociedades existen otras que tienen escasa o nula actividad profesional. Se pueden considerar como abandonadas por sus administradores o socios, sin actos jurídicos visibles. Estos casos obligan a la Agencia Tributaria a controlar y atender a colectivos mucho mayores que esos que realizan verdaderas actividades económicas.

Y no se pueden dejar pasar las consecuencias que tendría este tipo de organizaciones, tales como el cierre de la página del Registro Mercantil, además de una sanción por incumplimiento reiterado de obligaciones fiscales y, por supuesto, la revocación del NIF, que impide la continuidad de la vida fiscal de esa sociedad.

Pequeñas sociedades inactivas no reales

¿Por qué se dice que son irreales? Esto es a causa que su actividad se realiza a través de otras sociedades en vez de esa, por parte de los mismos socios o actividades que no se han declarado previamente. Entonces esa inactividad pasaría a ser un engaño y un fraude que oculta las labores de los socios. Son las llamadas ‘empresas fantasmas’, que ya están bajo plan de búsqueda y captura por parte de la Agencia Tributaria.

Desde nuestra asesoría, te recomendamos seguir y prestar atención a este tipo de actuaciones, ya que suponen delito con consecuencias por parte de la AEAT.

Puedes contactar con nosotros para aclarar tus dudas.

Gic Consulting -Departamento Fiscal